Orden PJC/294/2026, de 20 de marzo, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/64/2024, de 25 de enero.
Finalizado el proceso selectivo para el acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/64/2024, de 25 de enero (BOE de 1 de febrero de 2024), y recibida del Tribunal calificador la relación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo. Este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en la base 7.7, 7.8 y 8 de la Orden PJC/64/2024, de 25 de enero, ha acordado:
Primero. Hacer pública la relación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo en cada ámbito territorial que figura en el anexo I de esta orden. La relación de personas que superan el proceso selectivo, en cada ámbito territorial, no podrá exceder del número de plazas convocadas.
Segundo. En el plazo de diez días hábiles
, desde la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», las personas aspirantes que figuran en el anexo I presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037 – Oficina O00011588 – Medios Personales. Procesos Selectivos, la siguiente documentación:
b) Certificado médico oficial que acredite su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo.
e) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo II).

